Preguntas frecuentes
Son dos los impuestos que tienes que pagar por vender tu piso:
El IRPF por la ganancia que obtengas con la venta
Y la plusvalía municipal por el aumento en el valor del terreno desde su adquisición hasta su transmisión
El IRPF. Se paga el año siguiente de la venta, con el conjunto de la declaración del IRPF
La Plusvalía municipal. Se paga dentro de los 30 días hábiles siguientes a la venta de la casa.
1- Exención por reinversión en vivienda habitual
El plazo que tienes para hacer la reinversión es de dos años. Estos pueden ser tanto anteriores como posteriores a la venta.
2- Exención para mayores de 65 años
Los mayores de 65 años no tienen que pagar IRPF por la venta de su vivienda habitual, independientemente de si reinvierten o no su dinero en otra residencia.
